Les agradecería si me podrían brindar asesoría sobre el tiempo que legalmente debe de brindar el Arrendante de un Local Comercial al Arrandatario para desocuparlo, aunque el Arrendatario este al día con el canon de arrendamiento
No existe legalmente eso.... Nada mas un arrendamiento de un local para uso comercial se regira por lo que se haya estipulado en el contrato ya que ahi es el cual se pacto el tiempo por el cual duraria dicho contrato al igual todas las condiciones que se deberian observar y las consecuencias que implicaria el incumplimiento a alguna clausula... Pero tiempo no existe legalmente que el arrendatario le tenga que brindar para la desocupacion del inmueble