Ayuda colegas tengo una enorme duda:
se embargan bienes muebles pero se decreta la caducidad de instancia y pasan diez años sin que los propietarios de los bienes muebles embargados reclamen las cosas.
Mi pregunta es: se pueden vender esos bienes después de pasar tanto tiempo sin reclamarse? o que puede hacerse en estos casos?
Si hay caducidad de la instancia imputable al demandante lo mas conveniente es devolver las cosas al Juzgado ya que el tenedor no se le aplican las reglas de la prescripción ya que es un mero tenedor quien reconoce propietario en ningún momento se le pudiera correr el tiempo de la prescripción y sino se devuelve podria haber algun tipo de denuncia de parte del propietario, por posesión indebida.-
No se pueden vender, porque el propietario sigue siendo el mismo, pero si ponerlos a disposicion del tribunal para que sean ellos los que hagan lo que legalmente corresponda,