buenos idas colegas, mi duda en la practica es que
estoy fungiendo como nuevo administrador de unos apartamentos pequeños, soy un poco nuevo en esto del inquilinato.
resulta que como administrador, hay dos inquilinos de los viejos viviendo ahí que se han atrasado 1 mes y dicen que tienen contratos y que hay deposito que hicieron con el anterior administrador pero el viejo administrador le he pedido esos documentos y dice que los perdió, y no los tiene, y estos inquilinos no quieren ir se, ya les puse 3 avisos de desalojo en la puerta pero ellos no piensan irse y que lo les importa si los demando por incumpliendo de contrato, mi pregunta es
1- puedo cortarles la energía como medida de presión si que afecte a mi y al dueño de las habitaciones ya que ellos pueden vivir en el apartamento pero no pueden recibir el servicio de de energía ni de agua ya que no están pagando porque viven de los inquilinos que si pagan?
2- en que juzgado puedo iniciar el juicio de desalojo en san salvador, y cuanto se tardar, y que atajos me recomiendan para hacerlo mas rápido ya que, dicen que estos juicios se llevan tiempo y dinero y la verdad ellos vivirán de gratis ese tiempo, y sin las cuotas que dejan de percibir esas habitaciones eran destinadas para el pago de energía y agua, y se le esta perdiendo ???
3- pueden dar recomendaciones para solucionar este problema que se me presenta
me baso en el articulo 24 de la ley del inquilinato pero me gustaría recomendaciones para agilizar esto de ante mano muchas gracias,
hola buenas colegas los inquilinos no tiene contador de energía ni de agua, y lo que pagan en alquiler ahí incluidos el pago de recibo de energía y agua, ellos no la pagan a parte, y el inquilino no a pagado el mes, y ni creo paguen la mora, y de la renta de ellos ahí se pagaba esos recibos, y los otros inquilinos si pagan, estos inquilinos hacen fiestas, fuman drogas y hacen escándalos me dicen los de mas inquilinos y se atrasan en pagos, en el articulo 11 de la ley del inquilinato especifica, suspensión de agua y energía, entonces mi argumento seria que como no han pagado, el alquiler y ese dinero
ira destinado para el pago de la energía y agua de todos los inquilinos, mi postura es que si ellos se pueden quedar y seguir el proceso, de vivienda pero, pero yo les corto la energía con un electricista ya que ese servicio no lo están pagando, ya que va incluido con lo de la mensualidad del arrendamiento, y no puede ser que vivan de gratis sin pagar nada y recibiendo todos los servicios ademas que dicen ellos que han dejado deposito, pero no lo comprueban ni el contrato que tenían anteriormente me enseñan, tambien en ese articulo 11 que dice: ( hará incurrir al arrendador en una multa de cien colones,
sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Código Penal) dice sin perjuicio y si hay sanción penal debería decir con perjuicio de las sanciones establecidas en el código penal, lo que trato es que mucho se tardan en esos juicios y son apartamentos y no sale rentable tenerlos a hi sin pagar nada, a costillas de los otros inquilinos que si pagan, entonces mi postura es cortares solo a ellos con el electricista, las conexiones eléctrica solo de ese apartamento, que opinan colegas en una respuesta practica.
Si yo fuera usted los demandaria y mientras tanto no les cortaria nada.
Y esto es asi ya que usted explica (hasta ahora explica bien, yo pensaba que era un apartamento sin embargo es mas bien un meson) que no tiene certeza de si hay contrato o no y que dice este, así mismo admite que no esta separado el cobro de los servicios.
Ni modo le tocara seguir perdiendo hasta que un juez resuelva.
Si aun asi insiste usted en proceder, considere que a usted se le puede acusar de Ejercicio Violento del Derecho previsto en el codigo penal.
PD: ya ratos hubiera demandado en vez de llevar dias consultando aqui.
Para la proxima haga contrato de arrendamiento ante un notario por lo menos medianamente competente.