hola , necesito ayuda, si se firma una letra de cambio en blanco en el 2003 y se vencia en el 2005 pero esa letra se firmo en blanco y se quiere hacer valer hasta este año, la cuestion es si es valido iniciar una accion con la letra de cambio la cual se lleno este año, y si no es valido y se ejerciere la accion que se deberia hacer para evitar que se ejecute dicha obligaciòn, de antemano gracias por sus respuestas.
Segun entiendo, se firmo en blanco en el 2003... pero como se firmo en blanco no contenia ni la fecha en que se firmo ni la fecha en que se vencia, por lo tanto en teoria no importaria que se llenara hasta este año, porque me imagino que le pondran como que se firmo un poco tiempo atras y ya se encuentra vencidad,pero sin pasarse del tiempo en que prescribe la accion... por lo tanto en principio, dicha letra de cambio tiene la suficiente fuerza ejecutiva, para iniciarse la acción respectiva.... y se invertiria la carga de la prueba para que el obligado por la letra demuestre la falsedad de lo contenido en ella.
Lo anterior no es nada etico, pero lamentablemnte es uno de los problemas de llenar en blanco las letras de cambio.
El Salvador Lex - La comunidad Juridica de El Salvador
no hay problema, la letra si esta en blanco y tu quieres llenarla ahora ponle fecha de suscripcion que es lo importante segun el Art. 625 Ord. 2° Com. puedes omitir en una letra de cambio la fecha de vencimiento, pero no la fecha de emision, ya que desde esta comienza a contar el plazo de la prescripcion desde el dia siguiente si no tiene fecha de vencimiento, te recomiendo que la llenes cumplas los requisitos del art. 625 Com. y le pongas fecha de vencimiento que no sea mul lejana (3 años antes de demandad) ya que el demandado se puede excepcionar de prescripcion.
Lastimosamente, muchas personas por la grave necesidad economica, firman lo que sea, como por ejemplo una letra de cambio en blanco, o sea solo firma donde dice """"aceptante""""" y todo lo demas no exigen o no les interesa que se llene esos espacios, lo que mas les importa es que les entreguen el dinero.-
asi que cuando un prestamista demanda, la letra de cambio la llena a su antojo, tanto en fecha, como hasta en cantidad.-
las personas que prestan dinero, no lo hacen en documento o mutuo, porque hay que cancelar al notario, mientras que en letra de cambio no gastan nada.-
bendiciones.-
No hay qie firmar nada en blanco, ni tampoco hay que servir de fiadores.-
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)
Muchas gracias por la información; tengo una inquietud, yo firmé una letra de cambio en blanco a mi jefe cuando comencé a trabajar con él, creo que si se la pidiera no me la daría.
La pregunta es si yo podría anular esa letra cambiando de firma en mi cédula al renovarla?;
es decir digo en el registro civil que se me ha perdido saco una nueva cédula con una firma diferente así ya no tendría validez esa letra de cambio en blanco que firmé? o qué puedo hacer con eso?
Te recomiendo que revises la Ley de Protección al Consumidor, ya que si tienes documentos adicionales con los que puedas demostrar que la letra de cambio fue firmada en otra fecha podrás denunciar éste hecho ante la Defensoría del Consumidor y de esa forma posiblemente, en caso que ya estés ejecutado, te puedan reintegrar el dinero.