HOLA. QUERIA SOLICITAR DE SU AYUDA NUEVAMENTE, LA CUESTIÓN ES QUE UNA PERSONA FIRMÓ UNA LETRA DE CAMBIO POR UN PRÉSTAMO DE UNOS 200 DÓLARES ERA LETRA ESTABA EN BLANCO Y UNOS MESES DESPUÉS DIO UN JUEGO DE PAJA EN PAGO PERO LA ACREEDORA NO LE DIO DOCUMENTO PARA COMPROBAR EL PAGO MI LE REGRESO LA LETRA Y AHORA QUIERE HACER EFECTIVA LA LETRA MEDIANTE UN PROCESO MERCANTIL COMO PUEDE HACER LA DEUDORA PARA COMPROBAR QUE SE CANCELA ESA DEUDA O ES UN VACÍO DE LA LEY YA QUE DICHA DEUDA NO EXISTE POR QUE SE CANCELÓ
en este caso no podriamos hablar de vacios de la Ley,porque esta éstipula en Art.702 C.Com, los requisitos que debe contener. y se esta hablando de una letra de cambio firmada en blanco, esto nunca se debe hacer porque el acreedor le puede insertar la cantidad que se le ocurra; pero en el caso concreto habria que ver si la deudora tiene comprabante factura algo que la acredite como dueña de los muebles de paja que dio en pago a la acreedora, y solicitar conciliación, talvez dentro de esta se habla respecto la letra.
bueno gracias por su ayuda la duda que me surge despues de sus comentarios es que si se presentan testigos podra comprobarce el pago de la obligacion o si valdria al fin de cuenta mas la letra de cambio y la declaracion de los testigos quedarian sin valor alguno
Dificil situacion del deudor, la verdad en este caso la unica exepcion es el recibo de quita y pago, hay un articulo que habla de cuales son las unicas exepciones que se pueden interponer en el juicio ejecutivo mercantil, y no se puede por testigos, en relidad no le veo un buen pronostico como defenderse, es injusto, pero eso pasa con los titulos valores, dada su autonomia, solo se prueban con recibo de quita y pago parcial o total. A menos la buena fe del acreedeor que da la impresion no existe puesto que aun que cobro el dienro abusa del derecho exigiendo el cobro del titulo valor.-