BUENOS DIAS, QUERIDOS PROVEEDORES DE CONOCIMIENTO; NECESITO DE MANERA URGENTE ME ORIENTE EN RELACION A QUE HACER CON EL CASO SIGUIENTE:
POR MOTIVOS DE EXTRAVIO DEL ACTA DE CAPTURA A UN SEÑOR, SU COMPUTO ES QUE CUMPLIO MA MEDIO PENA EN SEPTIEMBRE DE 2016, LAS DOS TERCERAS EN SEPTIEMBRE DE 2018 Y LA PENA COMPLETA EN EL 2021; PERO ESO NO ES TODO, EL SEÑOR FUE PUESTO EN LIBERTAD BAJO MEDIDAS CAUTELARES EN EL 2017, LA FISCALIA APELO ANTE UNA CAMARA Y ESTA RESOLVIO QUE EL IMPUTADO CONTINUARA EN PRISION HASTA CUMPLIR LA PENA TOTAL, EL ESTABA FIRMANDO Y EN UNA DE ESAS CITAS DE FIRMA FUE RECAPTURADO DE NUEVO ARGUMENTANDO REBELDIA Y POR INCUMPLIMIENTO AL LLAMADO QUE LE HABIAN HECHO PARA QUE SE PRESENTARA AL JUZGADO, FUE DETENIDO POR EL DELITO DE EXTORSION Y CONDENADO A 10 AÑOS, QUE PODEMOS HACER? SI EL YA HABIA QUEDADO EN LIBERTAD CONDICIONAL Y LO VUELVEN A CAPTURAR POR EL MISMO DELITO POR ORDEN DE LA CAMARA DE LO PENAL LLEVANDO HASTA LA FECHA 7 MESES A PARTIR DE 29 DE MARZO DE ESTE AÑO.' LA ABOGADA QUE LLEVA EL CASO NO HA PRESENTADO NINGUN ESCRITO ANTE EL TRIBUNAL QUE LLEVA LA CAUSA NI ANTE EL JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA, NADA QUE ME RECOMIENDAN, MUCHO LES AGRADECERE SU AYUDA, SERA DE BENDICION PARA LA FAMILIA DEL IMPUTADO. YA SE REMITIO AL DIRECTOR DE CENTROS PENALES LA SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA Y YA ESTA A LA ORDEN DEL JUZGADO PRIMERO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE SAN SALVADOR