Buenas tardes,
Estimados por favor me podrían ayudar, hay una persona que tiene deudas con un banco y no aplica a embargo debido a que ya tiene descuento en la procuraduria, ademas un embargo ya de otro banco.
El caso es saber por favor si podrían embargar su indemnización por despido, esa persona fue despedida y le darán su indemnización, hay posibilidad de que le embarguen su indemnización??? Agradecería por favor sus comentarios???
Buenas tardes.
En mi opinión, no puede embargarse el pago correspondiente a la indemnización. Solamente puede retenerse la parte que corresponde a cuotas alimenticias.
Tenga en cuenta que la indemnización no es salario, si no una prestación laboral asociada a una terminación de contrato con responsabilidad patronal.
Por ello, a mi juicio no es sujeta de embargo ni de ninguna retención o compensación.
Saludos.