Puede un Notario formalizar un PODER GENERAL JUDICIAL en su protocolo, otorgado por una persona a favor de la ESPOSA del Notario, a efecto de que ella se lo sustituya al Notario? Es de aclarar que la esposa del Notario es Abogado
Última Edición: 28 Ago 2020 07:36 por LexLegalPlus.
Con base a lo establecido en el Artículo 9 de la Ley de Notariado no está permitido, ya que al final se puede considerar como un fraude de ley a favor del mismo notario, sin mencionar que se puede hacer acreedor a una suspensión como Notario.