Yo tengo un ratito de no andar en el libre ejercicio de la profesión, por eso les consulto:
Hay una municipalidad que adeuda dinero y solamente ha entregado quedan, pero ya paso bastante tiempo y no cancela.
Si lo hago vía administrativa primero, simplemente sería de presentar a la alcaldía nota de cobro.
Si es vía judicial podría ser por una demanda de proceso declarativo común de reconocimiento de obligación, porque es un quedan, ante juzgados Civil y Mercantil, pero es una municipalidad la que se va a demandar.
Vi una declaratoria de incompetencia de un juzgado civil y mercantil, porque es a una municipalidad y lo traslado a los Juzgados Contencioso Administrativo, quien también se declaro incompetente por ser un quedan, al final no he encontrado esa resolución de la Corte donde se dirima la competencia
.
En su experiencia, ¿Que tipo de nota se debería de mandar a la alcaldia para el cobro, o donde se podría interponer la demanda?