El problema surge atravez de las deudas de mi padre, ya que mi madre es fiadora de alguna de ellas incluso tiene orden de embargo sobre todos sus bienes que estan en proindivision, si mi papá se declara en quiebra caeran los acreedores sobre los derechos de mi mamá? y si pagamos el embargo puede mi mamá traspasar por venta o otro tipo de documento, cierto porcentaje de sus derechos proindiviso a su hija?(para que no corra riesgo de embargo este porcentaje en un futuro).
gracias, espero respuestas y sugerencias.
Mi madre es la dueña del inmueble mi padre no.
Ok, ella incluso lo hace para saldar la deuda que le esta generando un embargo sobre sus bienes, y aparte de eso ella no tiene mas deudas directas, mas si es fiadora solidaria en otras,ella me dice que me vendera un porcentaje para levantar dicho embargo para no perderlo todo, pero ya que yo lo haria atravez de un credito tengo miedo que por ser terreno proindiviso al darme ella una promesa de venta, pues alguno de los acreedores de mi papá le ponga en un futuro otro embargo (a ella como fiadora solidaria) y ahi como que tambien caeria sobre la promesa de venta que ella me daria y yo perderia mi dinero, ese es el problema que siento.
Última Edición: 16 Sep 2011 00:10 por diegohalbo. Razón: aclaracion
CLARO QUE SI SE PUEDE PAGAR LAS DEUDAS Y DEJAR LIBRE DE GRAVAMENES LAS PROPIEDADES PARA DESPUES DEL 50% QUE POSEE TU MAMA PUEDE VENDER O DAR EN DONACION UN PORCEENTAJE DE ESO O DARSELO TODO AHI QUEDA EN OPCION DE TU MADRE O TAMBIEN TU PAPA PUEDE VENDER O DONAR EL DERECHO PROINDIVISO Y ASI NO PODER OCUPAR ESE INMUEBLE O LOS INMUEBLES EN GARANTIA DE UN PRESTAMO
Por favor antes de actuar ten en cuenta este delito tipificado en el codigo penal
ALZAMIENTO DE BIENES
Art. 241.- El que para sustraerse al pago de sus obligaciones, se alzare con sus bienes, los ocultare, simulare enajenaciones o créditos, se trasladare al extranjero o se ausentare sin dejar representante legal o bienes en cantidades suficientes para responder al pago de sus deudas o realizare cualquier otro acto en fraude a los derechos de sus acreedores, será sancionado con prisión de uno a tres años.
La acción penal solo podrá ser ejercida si la insolvencia resultare comprobada por actos de ejecución infructuosa en la vía civil.
analiza lo que haras y ten cuidado..
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)
SI se puede dar que la mamà pague para que no le embarguen y luego donarle a su hija o hacerle una compraventa del cincuenta por ciento que le corresponde para luego ya no tener mas problemas..
OK, una sola cuestión me queda en mente de lo que han expresado:
SI DICEN QUE SE PAGUE LA DEUDA para que hacer el traspaso de los derechos ?
o es que hablan de pagar ESA DEUDA y, lógicamente, hay otras deudas. Deben tomar en consideración lo dicho por CACOJURIDICO, pues aunque se hagan las ventas o donaciones o lo que sea, de esos derechos no tendrían validez alguna si se demuestra que se hizo, precisamente, por alzarse con los bienes.-
para que se configure el alzamiento de bienes tu mamá debe ser fiadora solidadria,
e aqui el Art. del Codigo penal
Artículo 241.- Alzamiento de bienes
El que para sustraerse al pago de sus obligaciones, se alzare con sus bienes, los ocultare, simulare enajenaciones o créditos, se trasladare al extranjero o se ausentare sin dejar representante legal o bienes en cantidades suficientes para responder al pago de sus deudas o realizare cualquier otro acto en fraude a los derechos de sus acreedores, será sancionado con prisión de uno a tres años.
La acción penal solo podrá ser ejercida si la insolvencia resultare comprobada por actos de ejecución infructuosa en la vía civil.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
markantony escribió: para que se configure el alzamiento de bienes tu mamá debe ser fiadora solidadria,
e aqui el Art. del Codigo penal
Artículo 241.- Alzamiento de bienes
El que para sustraerse al pago de sus obligaciones, se alzare con sus bienes, los ocultare, simulare enajenaciones o créditos, se trasladare al extranjero o se ausentare sin dejar representante legal o bienes en cantidades suficientes para responder al pago de sus deudas o realizare cualquier otro acto en fraude a los derechos de sus acreedores, será sancionado con prisión de uno a tres años.
La acción penal solo podrá ser ejercida si la insolvencia resultare comprobada por actos de ejecución infructuosa en la vía civil.
Gracias a todos por sus respuestas, el problema es que a ella(mi mama) la tienen con orden de embargo por una deuda y ella pues debe menos de lo que le estan embargando ella me dice que me vendera un porcentaje para levantar dicho embargo para no perderlo todo, pero ya que yo lo haria atravez de un credito tengo miedo que por ser terreno proindiviso al darme ella una promesa de venta, pues alguno de los acreedores de mi papá le ponga en un futuro otro embargo (a ella como fiadora solidaria) y ahi como que tambien caeria sobre la promesa de venta que ella me daria y yo perderia mi dinero, ese es el problema que siento.
Hola sugiero que si tienes la posibilidad y es una institucion financiera quien es acreedora de la deuda, pueda alguien de la familia hacer un credito para llegar a un arreglo aun con el apoderado del banco, ya que lo que piensas hacer de alzar los bienes puede resultar muy complicado mas aun si eres abogado o estudiante de derecho ya que corrtes el riesgo que no te den los sellos, es decir, no vale tanto la pena, sin embargo si llegas a un arreglo de pago ellos pueden condonarte todos los intereses y moras, talvez hasta refinanciarte el credito y asi no perder tus bienes; haganlo diligentemente ya que con el embargo que traben te cobraran todo el credito mas la tercera parte de ese valor en concepto de costas procesales... sugiero negociar con ellos...... ahora: si es un usurero es totalmente diferente.- Suerte!
cacojuridico escribió: Por favor antes de actuar ten en cuenta este delito tipificado en el codigo penal
ALZAMIENTO DE BIENES
Art. 241.- El que para sustraerse al pago de sus obligaciones, se alzare con sus bienes, los ocultare, simulare enajenaciones o créditos, se trasladare al extranjero o se ausentare sin dejar representante legal o bienes en cantidades suficientes para responder al pago de sus deudas o realizare cualquier otro acto en fraude a los derechos de sus acreedores, será sancionado con prisión de uno a tres años.
La acción penal solo podrá ser ejercida si la insolvencia resultare comprobada por actos de ejecución infructuosa en la vía civil.
analiza lo que haras y ten cuidado..
Ok, ella incluso lo hace para saldar la deuda que le esta generando un embargo sobre sus bienes, y aparte de eso ella no tiene mas deudas directas mas si es fiadora solidaria en otras,ella me dice que me vendera un porcentaje para levantar dicho embargo para no perderlo todo, pero ya que yo lo haria atravez de un credito tengo miedo que por ser terreno proindiviso al darme ella una promesa de venta, pues alguno de los acreedores de mi papá le ponga en un futuro otro embargo (a ella como fiadora solidaria) y ahi como que tambien caeria sobre la promesa de venta que ella me daria y yo perderia mi dinero, ese es el problema que siento.
Carodeportillo escribió: Hola sugiero que si tienes la posibilidad y es una institucion financiera quien es acreedora de la deuda, pueda alguien de la familia hacer un credito para llegar a un arreglo aun con el apoderado del banco, ya que lo que piensas hacer de alzar los bienes puede resultar muy complicado mas aun si eres abogado o estudiante de derecho ya que corrtes el riesgo que no te den los sellos, es decir, no vale tanto la pena, sin embargo si llegas a un arreglo de pago ellos pueden condonarte todos los intereses y moras, talvez hasta refinanciarte el credito y asi no perder tus bienes; haganlo diligentemente ya que con el embargo que traben te cobraran todo el credito mas la tercera parte de ese valor en concepto de costas procesales... sugiero negociar con ellos...... ahora: si es un usurero es totalmente diferente.- Suerte!
gracias, no soy ni abogado ni estudiante de leyes, supe de esta hermosa y util pagina en la web y me amparo a ella debido a que aveces uno no sabe por donde comenzar y aqui le ayudan a uno conocedores de leyes no? y pues el problema que tenemos es muy grande ya que la deuda era con el difunto padre de mi madre(mi abuelo) y cuando el murio se leyo el testamento y aparecieron seis medio hermanos mas de mi madre y al darse cuenta que mi madre heredo mas que ellos la quieren despojar de todo ya que sobre la deuda nadie se acerco a hablar al respecto sino que a sorpresa de nosotros vino una orden de embargo y es la que mi madre debe cancelar y por eso ella me ofrece en venta cierto porcentaje de su parte en el bien en proindivision para que yo cancele yo dicha deuda pero comente por ahi el miedo mio es de que si alguien en un futuro la quiere embargar yo con una promesa de venta por medio de ella perderia en un embargo no?
PRIMERO: hablas de estar en PROINDIVISIÓN la propiedad, quiénes son los otros dueños proindivisos ?
SEGUNDO: si la deuda la dejó tu abuelo, la debe pagar "LA SUCESIÓN" y la sucesión no lo es sólo tu mamá;
TERCERO: si se trata de una deuda hereditaria debes buscar hablar con los del banco o institución que ha embargado a tu mamá, y que te expliquen por qué sólo a ella la han embargado ?
CUARTO: en materia de Derecho Civil (herencia)las deudas deben pagarse a prorrata de los bienes que hayan recibido; ESO POR UNA PARTE.
O bien, pagar las deudas hereditarias con parte de los bienes del causante (abuelo fallecido), y solamente ACEPTAR LA HERENCIA de los restantes bienes, luego de pagadas las deudas.
QUINTO: averigua si tu mamá y tíos ACEPTARON LA HERENCIA CON BENEFICIO DE INVENTARIO ?
Esa es información necesaria para darte otras posibles alternativas.-
pekozoo luna escribió: Ok, me inquieta algo de tu caso:
PRIMERO: hablas de estar en PROINDIVISIÓN la propiedad, quiénes son los otros dueños proindivisos ?
SEGUNDO: si la deuda la dejó tu abuelo, la debe pagar "LA SUCESIÓN" y la sucesión no lo es sólo tu mamá;
TERCERO: si se trata de una deuda hereditaria debes buscar hablar con los del banco o institución que ha embargado a tu mamá, y que te expliquen por qué sólo a ella la han embargado ?
CUARTO: en materia de Derecho Civil (herencia)las deudas deben pagarse a prorrata de los bienes que hayan recibido; ESO POR UNA PARTE.
O bien, pagar las deudas hereditarias con parte de los bienes del causante (abuelo fallecido), y solamente ACEPTAR LA HERENCIA de los restantes bienes, luego de pagadas las deudas.
QUINTO: averigua si tu mamá y tíos ACEPTARON LA HERENCIA CON BENEFICIO DE INVENTARIO ?
Esa es información necesaria para darte otras posibles alternativas.-
PRIMERO:Los otros dueños son los medios hermanos de mi madre.
SEGUNDO:LA deuda era de mi madre hacia mi abuelo(El fue quien le presto).
TERCERO: Son los demas herederos que la han embargado(Los medios hermanos de ella).
CUARTO:En este punto solo decir que se trato de cancelarles (cuando la orden de embargo llego) ,con otro bien heredado y ellos no apcedieron.
Quinto:Lo averiguare.
Gracias por tomarse el tiempo, crea que les agradesco a todos lla que siento que los demas quieren quitarle todo a ella incluso ellos ya lo han comentado.