Creo que deverias a portar mas dadtos al caso, un pooco mas espcifico, que dirferencia hay en un contrasto y 161??, no se, aporta mas datos especificos..
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.
Esta bastante ambigua tu pregunta, pero así en general puedo darte dos tipos de información, en general tendrías que elaborar por cada uno de los 161 trabajadores su respectivo contrato individual de trabajo, caso contrario si en dicha sociedad hubiesen sindicatos podrá hacerse por medio de un Contrato Colectivo de Trabajo, siendo que este último se celebra entre uno o varios sindicatos de trabajadores, por una parte, y un patrono, por la otra. artículo 269 del Código de Trabajo.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.