asi es porque tiene que tener solvente tu ceunta con las que apareces calificado en cuentas corrientes y en ella tienes varios inmuebles, para que te den solvencia tiene que tenerla al dia esa cuenta.
hola! quisiera que me ayudaran en un tema; en que puede fundamentarse una sociedad cuando se le tasa el uso de sub suelo por postes o antenas por parte de la municipalidad, porque no esta de acuerdo la sociedad a cancelar esa tasa municipal por creer que no es la municipalidad la que les corresponde cobrar eso, alguin podria decirme si existe algun articulo o una ley que lo regule o que me asesore! se los agradeceria mucho.
Ola el art. 2 inciso primero, establece que El Municipio constituye la Unidad Política Administrativa primaria dentro de la organización estatal, establecida en un territorio determinado que le es propio, organizado bajo un ordenamiento jurídico que garantiza la participación popular en la formación y conducción de la sociedad local con autonomía para darse su propio gobierno, el cual como parte instrumental del Municipio está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local en coordinación con las políticas y actuaciones nacionales orientadas al bien común general gozando para cumplir con dichas funciones del poder, autoridad y autonomía suficiente.
Este inciso nos dice que el Municpio como propietario puedeimponer el impuesto que su consejo decida.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
Ola el art. 2 inciso primero, establece que El Municipio constituye la Unidad Política Administrativa primaria dentro de la organización estatal, establecida en un territorio determinado que le es propio, organizado bajo un ordenamiento jurídico que garantiza la participación popular en la formación y conducción de la sociedad local con autonomía para darse su propio gobierno, el cual como parte instrumental del Municipio está encargado de la rectoría y gerencia del bien común local en coordinación con las políticas y actuaciones nacionales orientadas al bien común general gozando para cumplir con dichas funciones del poder, autoridad y autonomía suficiente.
Este inciso nos dice que el Municpio como propietario puedeimponer el impuesto que su consejo decida.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
estimados colegas hablando de este tema quiero comentarles un caso que he conocido resulta que una colonia llevo a cabo un proyecto de pavimentacion de dicho lugar, ya que la zona es de cierta manera rural es decir que la calle principal no esta pavimentada, pero resulta que la alcaldia al darse cuenta de la pavimentacion les ha empezado a cobrar impuestos por estar la calle en esas condiciones, y esto lo han hecho con fondos propios de los vecinos de dicha colonia la alcaldia no ha hecho nada. yo conozco a un vecino ,y me manifiesta que han reclamado y que no se los han quitado. pero yo considero que esto es ilegal ya que los impuestos que cobran las alcaldias estan regulados en la ordenanzas municipales,y ahi se establece claramente que las tasas municipales se cobran por la prestacion de un servio de parte de la alcaldia, y aqui la alcaldia no ha pavimentado. yo creo que este caso no esta tan complicado, pero digamos que para resolverlo se presentara un recurso de apelacion, tal como lo comento un colega en este tema, seria de ver que resulven o en que se fundamentan para cobrar dicho impuesto, lo tardado seria ya irse a un proceso administrativo, ustedes que opinan.
El éxito no es para los que piensan que pueden hacer algo sino para quienes lo hacen.
pues si las municipalidades tienen ordenanzas que regulan el cobro de tasas municipales y aunque ellos hayan pavimentado la colonia o ese lugar que mencionas la alcaldia esta en la potestad de cobrarles las tasas municipales por ese servicio aunque ella no haya colaborado, pq se entedera que en un futuro la municipalidad le tendra que estar dando mantenimiento a ese calle y lo haya con los fondos de ella, que ha recibido del cobro por ese impuesto,ademas es de recordar que la constitucion le da ´potestad a la municipalidad de crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones publicas de ademas tienen autonomia esto de acuerdo a los articulos 203 y 204 de la constitucion
En ese caso habría que interponer un recurso de apelación y poniendo de manifiesto que los que arreglaron la calle fueron los vecinos de la colonia, porque si es cierto ellos cobrar por un servicio que dan, independientemente si el cliente lo utiliza o no, en tu caso no les dieron el servicio.
En mi caso que ya les había comentado antes presente un escrito apelando a la resolución porque me estaban cobrando por la recolección de basura en un predio que no hay ni vivienda construida, solo porque el camión de la basura pasa a la orilla de la calle, me cobran por pasar independientemente si yo utilizo el servicio o no, como ellos me lo expusieron " que yo no ocupo el servicio es mi problema, pero ellos lo dan...
ellos para cobrarlo se basan en las ordenanza municipales y de acuerdo a la extensión del inmueble, en mi caso habían gravado en todo el inmueble y lo que hicieron fue gravar únicamente el área útil, ahora en base a eso me van a cobrar poco...
te recomiendo que presentes una apelación, pero si tenés y paciencia podes llegar hasta lo contencioso Administrativo haber que te resuelven.
ha de ser porque el servicio de recoleccion de basura que presta esa municipalidad es privada y la empresa les cobrar a ellos por toda la zona sin importales si todas las personas utilizan el servicio, y en base a eso la municipalidad cobra tambien, y es muy dificil que eso se lo den a su favor la municipalidad porque se van a amparar en la ordenanza municipal de arbitrios municipales que ahi establecen el cobro del sevicio de recoleccion de basura
fijense que yo tengo un caso igual que es el cobro de tasas municipales, pero el problema es que las medidas con las cuales estan cobrando son otras ya que la persona que me consulto compro una porción de un inmueble general, pero nunca fueron a registrarlo a la alcaldia la escritura publica de la porcion comprada, entonces resulta que en la actualidad estan cobrando deacuerdo a otras medidas, y me dicen que lo que lo procedente es presentar la escritura a catastro y hacer como un tipo traspaso de dueño. pero mi duda es como hacer para exigir que cobren deacuerdo a las medidas que se estipulan en la escritura, porque puede ser que los cobros que estan haciendo sean de otro inmueble ya que la dueña del inmueble en general le han vendido a dos personas mas. mi pregunta es con quien hablar para que me resuelva este problema? y tal como lo manifiestan los colegas como cuestan hacer estos tramites en las alcaldias, ya que por lo general se amparan en las ordenanzas y si uno mete recursos, es dificil que los resuelvan a favor ya que todo esto es una burocracia, y siempre la gente con menos recursos es la que paga los platos rotos y ellos como autoridades( corruptas) son los que mas se benefician. al colega RMMV25 quisiera saber como hizo para que ya no le gravaran el inmueble total y unicamente le cobraran por la parte util y si me podia proporcionar el modelo del recurso de apelacion y la ley en la que se fundamenta dicho recurso, por favor talves lo utilice porque muchas veces los empleados es por gusto explicarles no resuelven nada, y yo lo que quiero si es posible que le cobren a esta persona desde que llego a vivir ahi en ese lugar hasta la actualidad si es posible.
El éxito no es para los que piensan que pueden hacer algo sino para quienes lo hacen.