Corrijanme si me equivoco .... pero me parece que la LPFm establece que DEBE presentarse en todo proceso en los que se solicite alimentos, asi lo establece el Art 44:
"En los casos que se pretenda alimentos deberá anexar, en formato proporcionado por el Juzgado de
Familia, una declaración jurada de sus ingresos, egresos y bienes de los últimos cinco años, lo cual se tomará como parámetro para la fijación de la pensión alimienticia de acuerdo al Art. 254 del Código de Familia. El incumplimiento de esta obligación o bien la falsedad en los datos o la omisión de información hará incurrir en responsabilidad penal."
Asi que mi estimado amigo forista willieparedes, me parece que si es una exigencia, o requisito de admisión.
Saludos a todos !
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maioiq escribió: Corrijanme si me equivoco .... pero me parece que la LPFm establece que DEBE presentarse en todo proceso en los que se solicite alimentos, asi lo establece el Art 44:
"En los casos que se pretenda alimentos deberá anexar, en formato proporcionado por el Juzgado de
Familia, una declaración jurada de sus ingresos, egresos y bienes de los últimos cinco años, lo cual se tomará como parámetro para la fijación de la pensión alimienticia de acuerdo al Art. 254 del Código de Familia. El incumplimiento de esta obligación o bien la falsedad en los datos o la omisión de información hará incurrir en responsabilidad penal."
Asi que mi estimado amigo forista willieparedes, me parece que si es una exigencia, o requisito de admisión.
Saludos a todos !
Es correcto es requisito de admisiòn... He incluso algunos jueces, al prevenir que se presente este documento; y la parte requerida no subsana lo que corresponde, el juez, libra oficio a la FGR, para que se inicie proceso de DESOBEDIENCIA...
Gracias a todos por sus respuestas, a simple viste el tema parece sencillo pero ha generado de que hablar, y como siempre muy fina Lic. Ramirez; de veras me encanta esta pagina....
Más que la civilización, la justicia es la necesidad del pueblo.
Pietro Colletta (1775-1831) Militar e historiador italiano.
Última Edición: 29 May 2013 16:31 por coleguita. Razón: no termine la frase y le di enviar
El asunto es que en San Salvador por ejemplo como son 8 los jueces de familia, casi todos tienen criterios dispares en la manera en que interpretan la ley en cuanto a la presentacion del acta, tan es asi que en los 3 juicios que he llevado me ha tocado en los 3 volver a presentar a prevencion dicha acta, MADE IN SAN SALVADOR, saludos colegas