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pretor escribió: Estimado Jose77
entendería que no existe ninguna limitante si tienes los recursos suficientes para cubrir la cuota que te corresponde cancelar por cada hijo, sin embargo desde mi punto de vista no se si sería conveniente ya que eso podría dar lugar a que se vea mal que tu tienes suficientes recursos y pueden hasta considerar poco lo que aportas, esa es mi opinion aunque no hay limitante para que lo hagas, recuerda que lo que se sanciona es la falta de pago.
te recomiendo que analicen sus opciones con su abogado y tomen las mejores decisiones, sin embargo como te comente si ya estás al día lo mejor es que te den un estado de cuenta actualizado y con el mismo solicites el levantamiento de la medida cautelar y ahora que incorporas un nuevo elemento (tienes esposa e hija) que más justificación que le muestres dicha información al juez para que cumpla lo regulado en la ley de familia, LEPINA y demás leyes relacionadas, lo importante es que puedas seguir pagando la cuota que tienes asignada, recuerda otra cosa la cuota no termina cuando tus hijos cumplen la mayoria d edad, sino que se prorroga si ellos van a la universidad así que tienes mucho que pensar y tiene que asesorarte muy bien el colega que te representa.
espero que todo te salga muy bien sino con gusto estoy a la orden
saludos cordiales
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