Te envío un modelo de solicitud. En cuanto a si lo aplican o no los jueces; solo puedo agregar que depende del criterio de cada uno. Por mi experiencia personal, si me fue admitida y logré el lanzamiento de las personas que usaban el inmueble. Esto fue en los tribunales de Paz de San Salvador; pero probe pertinentemente los extremos de mi solicitud; y en audiencia, la contra parte no pudo probar por ningún medio que su estancia era legal.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."
Adjuntos:
El siguiente usuario dijo gracias: KarlaPr, Campos, sungki
Muy interesante el argumento que utiliza la sala en la resolución.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...