EN LOS PROCESOS INDIVIDUALES DE TRABAJO, SUBSISTE EL PLIEGO DE POSICIONES ART. 463 CT, SIN EMBARGO Y DEBIDO A LA SENTENCIA EN COMENTO, HOY SE HACE CON PRESENCIA Y ASISTENCIA DE ABOGADO.
Hola, realmente desde la entrada del nuevo CPCM en todos los procesos laborales que participé y estos son varios, no se está utilizando el Pliego de Posiciones, todos usan la Declaración de Parte Contraria, pues el CPCM no la incluye dentro de las pruebas y como se dijo el Código Laboral es una especialidad de este.