traspaso de derecho de una casa con el fondo

13 Dic 2010 18:28 #1 por castro1
una persona compro un dercho en una colonia, el credito el que se la vendio esta con el fondo, ahora el problema es que el comprador quiere vender ese derecho porque ya no lo alcansa a pagar, pero el notario le dio una compra venta y un poder, la compraventa para que la inscriba hasta que termine de pagar y el poder para tramitar la desgravacion del inmueble, pero no le da facultad para disponer del derecho que compro, no se que hacer en este caso, se debe de llamar al primer dueño del derecho de la casa o el segundo dueño puede venderlo solo con el poder que le dio solo pa desgravar la hipoteca. porq hay que aclarar que el primer dueño no hizo el traspaso del derecho en el fondo el primer dueño aun esta inscrito en el fondo como tal y el segundo solo tiene esos documentos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Dic 2010 02:39 #2 por abogadoechegoyen
Respuesta de abogadoechegoyen sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
El comprador puede comparecer ante notario y vender el derecho que compró.
El poder que tiene y que le dio el dueño que aparece en el fondo puede sustiuirlo o delegarlo a favor del nuevo comprador, según art. 72 codigo procesal civil y mercantil;
El nuevo comprador seguirá pagando en el fondo.
Cuando haya terminado de pagar se presentará al fondo con el poder que le fue sustituido para hacer todas las diligencias necesarias para que el inmueble pase a su nombre.
hacer mencion al nuevo comprador de todo esto.
Estas escrituras no se registran, porque son a veces promesas de ventas. o son ventas de derechos...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Dic 2010 03:27 #3 por cacojuridico
Respuesta de cacojuridico sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
Castro 1 creo yo que lo que se hizo fue una compra venta dond el actual dueño le hizo la tradicion a tu cliente, la venta es legal y puede llevarse al CNR, y presentarse, pero no podra darse el registro de la misma, debido a que existe una Hipoteca a favor del FSV, pero al momento de cancelar la Hipoteca la escritura ya podran inscribirla.'
En el caso que nos traes a cuenta, una vez presentada la CV al CNR, entonces si tu cliente ya no la puede seguir pagando pues puede venderla pero el comprador se enterara de que ya existe una Hipoteca y una presentacion, y el puede hacer la presentacion de su CV, y por decirlo asi, tendria que hacer cola, o sea que una vez cancelada la hipoteca y vistas las presentaciones, pues si estas estan hechas concatenadamente y con el que debe de hacer el traspaso pues el ultimo le haran el registro.

Jajajajaja, nose si me di a entender, pero la cosa es que el comprador bien puede comprar, pero que quierea meterse a ese enredo, nose, pero deben hacerse las presentaciones..

bendiciones....

En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Dic 2010 05:28 #4 por markantony
Respuesta de markantony sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
i me causa una duda sobre los docuementos que tiene, mas bien con el poder cuando dices que no le da facultad para disponer del derecho, no se si te refieres a que el poder es demasiado limitado que no le permite disponer del derecho adquirido, o te refieres a que como existe la Hipoteca a favor del fondo, este no puede traspasar el inmueble.
si es este ultimo el caso, me sumo a los comentarios de los colegas.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

15 Dic 2010 04:44 #5 por josejose
Respuesta de josejose sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
En la respuesta de CACOJURIDICO me parece que hay una inconsistencia relativa a la sugerencia que hace de presentar la compraventa en la expectativa que se inscriba cuando se cancele la hipoteca,asumiendo que se gana el derecho de la presentación. La LEY DE PROCEDIMIENTOS UNIFORMES PARA LA PRESENTACION, TRAMITE Y REGISTRO O DEPOSITO DE INSTRUMENTOS EN LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS, SOCIAL DE INMUEBLES, DE COMERCIO Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL, da 30 días hábiles para subsanar las observaciones, en este caso la existencia del gravamen hipotecario constituye un obstáculo para la inscripción, si la hipoteca no se cancela en el termino aludido se deniega de pleno derecho la inscripción, véase al efecto el art.10 de la referida ley.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

26 Dic 2010 02:37 #6 por arbitraje1
Respuesta de arbitraje1 sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
Para mi opinión y con todo este enredo, y que a veces no explicamos bien como esta la situación, considero mejor, presentarse el interesado con todos los documentos que tiene, e ir al Fondo Social para la Vivienda y ahi que uno de los asesores , le diga como esta la situación, para saber si es factible comprar ese derecho y no complicarse mas,

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

26 Dic 2010 18:06 #7 por vlad mas
Respuesta de vlad mas sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
Creo que lo mejore seria que se cancele la hipoteca por parte del comprador para quitar el gravamen del inmueble, pero igual el el vendedor puede ceder el inmueble en tradicion al comprador.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

27 Dic 2010 20:37 #8 por deisy haydee garcia
Respuesta de deisy haydee garcia sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
estimado colega, perfectamente la venta es legal, lo que el dueño actual no puede hacer es presentarla al CNR, para su respectiva inscripción, ya que existe un gravamen hipotecario sobre el inmueble, y al presentarla se la van observar por tener ese gramen hipotecario.
porque me imagino que el notario auctorizante de dicha venta antes de realizarla advirtio tanto al vendedor como al comprador que dicho inmueble no se puede presentar para su inscripcion el CNR, por contener un gravamen hipotecario con el FSV.-
esa fue la razon de que el dueño del credito hipotecario le otorgara un poder a favor del comprador, para que este al terminar de pagar la deuda al fondo, pudiera tramitar la cancelación del credito hipotecario y asi realizar la respectiva cancelación de la hipoteca.
claro el comprandor perfectamente puede vender el derecho que le corresponde sobre dicho inmueble, a un tercero, y esta tendra que sustituir el poder que le fue otorgado a su favor, si es que contiene la facultad para sustituirlo.
luego cuando el credito ya este pagado y ya este elaborada la respectivamente cancelación el tercer comprador, tendra que presentar tanto la cancelación de la hipoteca, la venta que le hizo el primero al segundo y la que el segundo le vendio al tercero, al CNR, para su respectiva inscripción, y esta sera inscrita por el tracto sucesivo
El siguiente usuario dijo gracias: hope

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Mar 2011 00:04 #9 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
tarde pero aprendemos todos, me gustan los comentarios hechos, solo debo aclarar algo respecto del poder que se ha mencionado: ese poder sólo servirá para realizar los trámites frente al FONDO, una vez que se haya cancelado el crédito que recae sobre el inmueble, o sea el inmueble es la garantía del crédito cedido por el FONDO al original comprador de la casa.
Para la VENTA DEL DERECHO sobre la casa o inmueble NO ES NECESARIO el mencionado poder.
Además perfectamente es vendible y no presentable al CNR como ya se dijo.
El poder deberá sustituirse, tal como lo da a entender el nuevo Código Procesal Civil y Mercantil, pues debemos recordar que habla de SUSTITUCION y de DELEGACION.- saludos
El siguiente usuario dijo gracias: shylbeth

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

08 Oct 2012 11:45 #10 por lmmo
Respuesta de lmmo sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
La persona que compro perfectamente puede vender el derecho y otorgar poder para que el comprador cancele la hipoteca. El segundo comprador debe hacer lo mismo que el primer comprador paro tal situacion debe ser mencionada en la Escritura de Compraventa
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

26 Oct 2012 19:14 #11 por Crowley
Respuesta de Crowley sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
Por esos motivos es que no se pueden inscribir esas compraventas, la recomendacion ir al banco que analizen su capacidad de pago y su record crediticio que solicite el credito y si se lo aprueben que compre la casa y sea el quien otorgue el mutuo con garantia hipotecaria.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

19 Nov 2012 18:17 #12 por despachojuridicoad
Respuesta de despachojuridicoad sobre el tema Re: traspaso de derecho de una casa con el fondo
El primer comprador lo hizo mediante un Credito que le concedio el FSV, recuerda que la vivienda esta hipotecada con el FSV y si lees la parte referente al mutuo hipotecario en una de sus clausulas dice que es causal de caducidad del contrato el modificar los derechos reales del inmueble ctc.
Sin embargo en la practica se hacen las cv de inmuebles hipotecados , pero el Notario hace la advertencia, para evitar responsabilidades derivas de ello. Recuerda que los derechos del FSV prevalecen con el dueño a quien le concedieron el credito hipotecario, por lo tanto si estas en mora, a quien van a embargar es al dueño que escrituro con el fsv, y lo que embargan es la vivienda que adquirio.
Por lo que las ventas de estos derechos presentan riesgo, sino se cumple el pago al FSV, ademas es importante que si lo hacen, a la vez les otorguen un poder especial para que una vez se cancele el inmueble les entreguen la hipoteca para elaborar la respectiva cancelacion del inmueble y puedan inscribir la CV que hicieron conocedores del gravamen que pesaba sobre el inmueble, ademas para que en caso de siniestro puedan reclamar el seguro de daños, mas no el de deuda.
Es hasta entonces que les inscribiran en el cnr el doc del derecho que adquirieron, que en realidad no es "un derecho" sino la totalidad del inmueble.

Espero te sirva esta informacion.
El siguiente usuario dijo gracias: danychino

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.230 segundos
Gracias a Foro Kunena