Duda Legal

05 Ago 2012 23:17 #13 por alfayomega
Respuesta de alfayomega sobre el tema Re: Duda Legal
Efectivamente los colegas te han dado la respuesta correcta; es decir, para que se consume el acceso carnal, y por ende se configure el tipo penal de violación, es imprescindible la participación del acceso del órgano genital masculino. En tal sentido, en el caso que nos planteas no existe violación sino que se trata del delito de otras agreciones sexuales.

Pero mi participacion se encamina a aclarar el comentario que me precede, y es que en el se manifiesta que en nuestro ordenamiento jurìdico no se reconoce como sujeto activo a la mujer. Esta postura es totalmente falsa, ya que el tipo penal habla de acceso carnal via vaginal o anal y ello no limita a que el hombre sea el único que pueda cometer el hecho, ya que cabe la posibilidad de que la mujer sea quien obligue al hombre para ser penetrada, como el caso de que una mujer amenaze al hombre para que la penetre o le inyecte estimulantes o vaso dilatadores para lograr la erección y hacerse penetrar. Esta es la postura adoptada por los juzgadores y el espíritu del art. 158 Pn.

En el caso que planteas, obviamente no se configuar el delito, no por el hecho de que una mujer sea sujeto activo, sino porque ambas, sujeto activo y sujeto pasivo son mujeres, hecho que hace biologicamente imposible el acceso carnal.

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23 Ago 2012 15:37 #14 por Abogado Litigante
Respuesta de Abogado Litigante sobre el tema Re: Duda Legal
ACLARO QUE NO ES QUE PIENSE QUE LA MUJER NO PUEDE OBLIGAR A UN HOMBRE A TENER RELACIONES SEXUALES, PERO CONSIDERO QUE EL LEGISLADOR NO HA PREVISTO DICHA CONDUCTA EN EL ARTICULO 158 C. PN. COMO VIOLACIÓN:



La conducta típica se describe en el artículo 158 del código
penal; entendiendose por Violación como el sostenimiento de una relación sexual que
implica la penetración del órgano viril, en la vagina o en el ano de otra persona, mediante
violencia física o moral.- Este delito es de aquellos que se cometen de propia mano, de tal
suerte que sólo quien sostiene relación carnal con la víctima podrá ser autor del delito en
comento.

0302-92-2005
Ref. 103/2005-2
TRIBUNAL SEGUNDO DE SENTENCIA: San Miguel, a las quince horas con nueve
minutos del día once de julio de dos mil cinco.

Se entiende el acceso carnal como el acto de introducir el órgano genital masculino en la vagina o el ano del sujeto pasivo, ya sea de forma total o parcial.

SI ALGUIEN TIENE JURISPRUDENCIA QUE COMPRUEBE QUE EFECTIVAMENTE EN NUESTRO PAIS UNA MUJER PUEDE VIOLAR A UN HOMBRE QUE LA HAGA SABER PARA ILUSTRARNOS MEJOR.

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23 Ago 2012 15:52 #15 por Bayona
Respuesta de Bayona sobre el tema Re: Duda Legal
Y SI FUERE UNA HERMAFRODITA???

Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.

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23 Ago 2012 17:54 #16 por CarlosMagno
Respuesta de CarlosMagno sobre el tema Re: Duda Legal
En el caso de un persona que fuere hermafredita debido a que esa condicion implica que tiene organos genitales masculinos y femininos podria pensarse que si la persona hermafrodita cometiera el delito por su condicion y se le da ejecucion al verbo rector del articulo 158 C.P. puede hacerlo tanto en hombres como mujeres y seria responsable penalmente siendo claro solo una opinion
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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23 Ago 2012 21:18 #17 por Bayona
Respuesta de Bayona sobre el tema Re: Duda Legal
Considero que hay un vacío porque si una mujer lesbiana "abusa" de una chica, sin ocasionar ninguna clase de lesión debido a que no hay penetración; o si un hombre toquetea a una mujer y no hay evidencias ni testigos, entonces no hay delito? Es decir, si una mujer sufre penetracion por medio de algun objeto pero no ocasiona desgarre o lesión, no hay delito?

Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.

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24 Ago 2012 04:56 #18 por JCP
Respuesta de JCP sobre el tema Re: Duda Legal
Mira la verdad violacion no es sino que es una agresion sexual, como dicen los colegas y especialmente regula el codigo debe de haber acceso carnal y recordo que violacion no solo habla de la mujer si no tambien del hombre ya que el legislador no lo define asi asi que violacion es violacion

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