HOLA COLEGAS LES TENGO UNA INQUIETUD TENGO UN CASO QUE UNA SEÑORA SE QUIERE CAMBIAR EL NOMBRE PORQUE A ELLA NO LE GUSTA SE LLAMA MARIA ANA Y HAY PERSONAS QUE SE LO UNEN Y LE DICEN MARIANA Y NO LE GUSTA Y ELLA QUIERE ANA MARIA, YO LE HE MANIFESTADO QUE EL NOMBRE NO LE DAÑA LA MORAL, PERO ELLA INSISTE CAMBIARSELO QUE NECESITO PARA HACERLO Y SI ES ADMITIBLE HACERLO EN EL JUZGADO DE FAMILIA ALGUIEN TIENE EXPERIENCIA EN ESTE CASO, ADEMAS LES CUENTO QUE OTRO ABOGADO LE HA DICHO QUE SI SE PUEDE HACER, POR LO QUE NECESITO SUS COMENTARIOS PARA ACLARARSELO A MI CLIENTE SI EN VERDAD SE PUEDE O NO Y TAMBIEN COMO DEBBO REALIZARLO MUCHAS GRACIAS
hola waldo2173, en los unicos casos que puede cambiar el nombre, es los casos regulados en el art. 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural........... lo que te aconsejo es una identidad
hola les comento que ya le menifeste a mi cliente que se debe hacer una identidad pero ella insiste que otro abogado le ha manifestado que si puede cambiar el nombre y no se bajo que argumentos le ha dicho por eso pido su ayuda pero gracias otto hernandez
waldo2173, no te preocupes existen abogados que lo unico en lo que se interesan, es en quitarle a otros colegas los clientes............cuando este no le resulva te aseguro que tu haras las diligencias correspondientes.........saludos
lo que te aconsejo es hacerle un conocido por (identidad) que la señora la conocen con ambos nombres y que en el Duicentro se ponga el que ella quiere de primero, pero hay que consultar en el RPN, estan poniendo algunas trabas cuando se hace con notario
Carlos Aparicio
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hola les agradesco sus comentarios y sugerencicias, pero les comento que me han propuesto que realiza una rectificacion de la partida de nacimiento en donde cambie el nombre ahi por un error involuntario de maria ana a ana maria yo quiero saber su opinion al respecto si hago la rectificacion o no o hago la identidad
para la rectificación recuerda que debes documentarte para probar que hubo un error, de lo contrario el sindico no lo aprobara y menos el RPN. si ella tiene documentos que comprueben sera facil, pero por capricho pues milagros no hacemos! .. en serio!
En el presetne caso soy del crtierio que no se puede realizar ya que no es quivoco respecto al sexo, ni ofensivo a su persnoa, como lo pide la Ley del Nombre tendrias que explicarle a tu represetnada que no se puede, evalua hacerle la identidad, y asi mismo explicale que hay Abogados ante eticos que dicen si a todo cuando en realidad no se puede
Aunado a lo expuesto por los colegas, no hay que olvidar que uno de los principios que rige la designación del nombre es el de la estabilidad –por la seguridad que debe entender tal designación dentro de las relaciones jurídicas, sociales, económicas etc de la persona-, de allí que si te animas a una rectificación con prueba sustentada en el solo capricho de la interesada o falsa, si se puede hacer –ser vrs deber ser-, pero habrían consecuencias negativas seguras para el notario, pues se vería con como un cambio de nombre ineficaz, más que una rectificación, ello además de la posibilidad de incurrir en delitos de falsedad, y la frustración de tu cliente por haber optado por una acción que solo le restaría tiempo y dinero por no contener valor jurídico. En conclusión, no equiparándose la pretensión de tu cliente a los supuestos que habilitan tal posibilidad, subsistiría únicamente el camino de la identidad, pero aclaro que al momento de solicitar un nuevo DUI, en este se plasmaría como nombre principal el consignado en la partida de nacimiento al momento del asentamiento, pues la oportunidad de optar a la designación de entre varios nombres responde a la caso en que existan diversos nombre en la identidad –solo te ponen uno-.
muchas gracias colegas por toda la informacion que me han proporcionado es muy valiosa y ye se le manifesto a mi cliente que es mejor la identidad si ella desea porque una rectificacion no la voy a realizar ni mucho menos un cambio de nombres porque no es valido y no voy a sacrificar al notario con que trabajo para la rectificacion y no existen pruebas suficientes para la rectificacion asi que gracias por sus cometarios
bien dicho por los colegas, lo que pasa que hay abogados que por la misma ignorancia dicen cosas como esas pero son generalmente abogados que no leen ni litigan, bueno con eso nos topamos todos, lo bueno que son poquitos. tomale la palabra a los demas colegas que comentaron que ellos si son buenos asesores.