EFECTIVAMENTE PRIMERO TIENES QUE HACER EL SUBSIDIARIO DE NACIDO, Y RECUERDA QUE CON LAS REFORMAS TIENES QUE NOTIFICAR AL JEFE DEL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES, OJALA EXISTIERA MICROFILMADA LA PARTIDA,Y CONSULTA SI TE ACEPTAN SOLO EL SUBSIDIARIO DE FALLECIDO, PARA EVITARTE LA DE MATRIMONIO. RECUERDA TAMBIEN QUE EN ALGUNAS ALCALDIAS CON LA FE DE BAUTISMO TE ASIENTAN LA PARTIDA DE NACIMIENTO, SUERTE.
El siguiente usuario dijo gracias: Mercy, Leyesita
Hola. Lo recomendable es seguir Diligencias de Reposición de Partida en el Juzgado competente. Debe probar con testigos que el acto existio(nacimiento, matrimonio, defunción, etc). Debe tener alguna prueba docunental para reforzar sus alegatos.